Política de Tax Compliance
1.Objetivo
La Política de tax compliance de Soltec Power Holdings, S.A.y sus sociedades dependientes (en adelante «el Grupo») tiene como objetivoimplementar un modelo de organización y gestión tributaria basado en el debidocontrol y en el refuerzo de la cultura ética empresarial respecto alcumplimiento de obligaciones tributarias, que elimine el riesgo de infraccionestributarias y defraudación fiscal por negligencia o dolo en algún miembro ocolaborador de la empresa.
En este sentido, el Órgano de gobierno del Grupo haimplementado un conjunto de medidas y normas internas encaminadas a lasupervisión, vigilancia y control de la actividad de las sociedades del Grupocon el objetivo de garantizar y evidenciar la diligencia debida en elcumplimiento de las obligaciones tributarias.
El Grupo está conformado por diferentes sociedadesdistribuidas por varias jurisdicciones. Es intención del Órgano de gobierno deSoltec Power Holdings, S.A. implementar esta Política en todas las sociedadesdonde tenga un control con independencia de la jurisdicción en la que se encuentre,siempre adaptada y a medida de la sociedad que se trate. En aquellas sociedadesparticipadas donde no tenga el control el Grupo, el Órgano de Gobiernoimpulsará la aplicación de esta política o, al menos, la implementación de unabatería de medidas mínimas de supervisión, reporting yvigilancia adaptadas a la situación concreta de cada sociedad sobre temastributarios.
El modelo de control y prevención adoptado por el Grupomediante la presente política se fundamenta en la identificación de las actividadesde riesgo, el establecimiento de procedimientos para la adopción y ejecución dedecisiones en relación con dichos riesgos, la disposición expresa de recursosfinancieros adecuados, y el establecimiento de un sistema disciplinario en casode incumplimiento.
Asimismo, el modelo de control y prevención adoptado disponede mecanismos específicos de revisión y supervisión periódica respecto de lahttps://soltec.com/wp-content/uploads/2022/03/115-business-consulting-agency_blog_8-1.jpgeidad de las medidas adoptadas y su adecuación a las características ycircunstancias del Grupo.
2. Principios y pilares de la política de Tax Compliance
La Política de tax compliance del Grupoestá basada en una serie de prácticas que se fundamentan en la debidadiligencia y dirigidas a introducir medidas de control que aseguren la gestiónimpositiva óptima, la eliminación de eventuales riesgos fiscales y laeliminación del riesgo penal.
Conceptualmente, la Política de tax compliance delGrupo gira en torno a los siguientes principios:
2.1 Objetividad. La política de taxcompliance se materializa en la adopción de medidas concretas yespecíficas que permiten homogeneizar su aplicación en el tiempo y conindependencia del responsable de su adopción.
2.2 Idoneidad. Las medidas adoptadas enaplicación de la Política de tax compliance tienen porobjetivo evidenciar la diligencia de los órganos de administración en lagestión de riesgos y obligaciones de carácter fiscal y aduanero.
2.3 Mensurabilidad. Las medidas implementadas envirtud de la Política de tax compliance contemplan metascuantificables de manera que su monitorización es asequible y escalable.
2.4 Eficiencia. La política de taxcompliance se fundamenta en la mínima imposición de obligaciones decarácter formal mediante la promoción del aprovechamiento de sinergias.
2.5 Relevancia. Las medidas adoptadas conforme ala Política de tax compliance del Grupo tienen un impacto realen la consecución de la meta final
Los principios ordenadores del modelo de taxcompliance se concretan en medidas que persiguen la eficacia y laeficiencia del sistema para conseguir la meta final de la buena gestiónimpositiva y, eventualmente, la exención penal de responsabilidad para lapersona jurídica.
Las medidas de tax compliance desarrolladase implementadas por el Grupo se fundamentan en los siguientes pilares:
2.6 Toma de decisiones. Las decisiones en materiatributaria son adoptadas por los miembros del Departamento de fiscal, bajo lasupervisión y dirección del Director financiero (en adelante, «CFO»),en el marco de la Política Fiscal aprobada por el Órgano de gobierno.
Los miembros del Departamento de fiscal son responsables deinformar al Órgano de gobierno de las decisiones fiscales y aduaneras y decontar con su aprobación en aquellas que sean de mayor relevancia.
2.7 Recursos. El Órgano de gobierno deberácontar con la información necesaria para la toma de decisiones de índolefiscal. Las personas responsables de la toma de decisiones en materiatributaria y aduanera y de su ejecución disponen de suficiente cualificaciónprofesional de los medios materiales necesarios para ello. No obstante, encumplimiento de los principios que rigen la estrategia fiscal del Grupo y lasbuenas prácticas que se derivan de los mismos, las personas responsables secomprometen a mantener informados al CFO y al Órgano de gobierno, previa tomade decisiones de especial relevancia e índole tributaria.
2.8 Trazabilidad. Existen mecanismos para dejarconstancia de la adopción de decisiones y asignación de responsables en elcumplimiento las obligaciones fiscales e implementación de medidas. A talefecto, la trazabilidad de información en la toma de decisiones en materiatributaria forma parte de la estrategia fiscal del Grupo. Como prueba de ello,las personas responsables en materia fiscal se comprometen a dejar constanciaexpresa de la adopción de decisiones o toma de medidas en los archivos internosde la Sociedad.
2.9 Operaciones especiales. Se han identificadoaquellas operaciones que, por su especial relevancia, deben tener untratamiento específico en lo que se refiere a la toma de decisiones, recursosasignados y trazabilidad[1].
3. Características de la Política de Tax Compliance
La Política de tax compliance del Grupo,impulsada y aprobada por el Órgano de gobierno, exige, en todo caso, elcumplimiento de la legislación tributaria aplicable al Grupo y la consideraciónde la doctrina de los tribunales de justicia y de la Dirección General deTributos para interpretar las normas tributarias y para calificar, a efectostributarios, una operación que se vaya a realizar o que se haya realizado en elseno del Grupo.
La Política de tax compliance es congruentecon los fines y objetivos del Grupo, que pasan por eliminar el riesgo decomisión de infracciones tributarias y defraudación fiscal por negligencia odolo en algún miembro o colaborador de la empresa, mediante la implementaciónde un modelo de organización y gestión tributaria basado en el debido controltributario y en el refuerzo de la cultura ética empresarial respecto alcumplimiento de obligaciones tributarias.
De esta forma, mediante esta Política de taxcompliance se prohíbe, de forma expresa a todos los miembros delGrupo, la comisión dolosa o negligente de infracciones y delitos tributarios,con el propósito de minimizar la realización de estas conductas.
Asimismo, la Política de tax compliance minimizala exposición del Grupo a los riesgos tributarios de forma eficaz, eficiente yproporcionada mediante la introducción de una serie de Normas de organización yprotocolos que permiten identificar, detectar, prevenir y mitigar los riesgosfiscales.
Igualmente, mediante el análisis de los factores internos yexternos relevantes para el sistema de gestión de tax compliance,la determinación de las partes interesadas y del alcance subjetivo y objetivodel programa, se han definido un conjunto de Normas de organización queproporcionan un marco adecuado para la definición, revisión y consecución delos objetivos de compliance tributario.
La Política de tax compliance incluyetambién una Declaración responsable del Órgano de gobierno y un Compromiso decolaboración activa de los responsables del Grupo para cumplir con losrequisitos establecidos en el sistema de gestión de tax compliance.
En la misma línea, se han establecido canales decomunicación de incumplimientos o sospechas fundadas de incumplimientos,garantizando que el informante no sufrirá represalias, en los siguientestérminos:
Según consta en el correspondiente Protocolo sobre el Canalde Denuncia, es obligación de todo el personal, con independencia de sucondición y categoría, el poner en conocimiento del órgano de cumplimientosospechas fundadas o conocimientos de posibles infracciones de cualquierPolítica, Norma o Protocolo implementado en el Grupo a razón del programade Corporate Compliance y de Tax Compliance.
Según establece el correspondiente Protocolo sobre políticay procedimientos de denuncias internas, ningún empleado podrá ser discriminadopor denunciar de buena fe infracciones de cualquier Política, Norma o Protocoloimplementado en el Grupo como consecuencia del desarrollo del programa de CorporateCompliance y de Tax Compliance.
De esta forma, mediante la Política de tax compliance delGrupo, se deja expresa constancia del compromiso de mejora continua del sistemade gestión de tax compliance.
En su virtud, el Órgano de gobierno, por sí mismo, o através su Órgano de cumplimiento tributario (en adelante, «TaxCompliance Officer»), fomentará la revisión de la presentePolítica de tax compliance y de las Normas de organización dela misma, adoptando las modificaciones y mejoras que considere oportunas, deconformidad con la normativa que resulte aplicable en cada momento.
En este sentido, el Tax Compliance Officer personificala posición de máximo garante de la supervisión, vigilancia y control de losrequisitos necesarios para el correcto desempeño del sistema de taxcompliance y, para ello dispone de recursos suficientes y cuenta conel personal que dispone de las competencias, estatus, autoridad e independenciaadecuadas. Por último, las normas adoptadas por el Grupo en el marco de laPolítica de tax compliance tienen la naturaleza de normainterna, por lo que cualquier incumplimiento será sancionado conforme a lasdisposiciones de la legislación laboral vigente, según lo establecido en elEstatuto de los Trabajadores y en el Convenio Colectivo firmado por la empresa,atendiendo a la gravedad de la conducta llevada a cabo.
4. Instrumentos de Tax Compliance
A los efectos de implementar la presente Política de taxcompliance, se desarrollan las normas de organización quese describen a continuación.
El Órgano de gobierno ha aprobado el marco de gestión en elque se fundamenta y delimita la Política de tax compliance delGrupo.
En este sentido, se han aprobado una serie normasestructurales, cuyo objetivo es evidenciar y reforzar la debida diligencia quetiene la gestión tributaria del Grupo.
Norma 001: Marco conceptual de gestión tributaria.Norma en la que se define el modelo de organización y gestión tributaria delGrupo. Adicionalmente, dentro de esta norma se incluye una declaraciónresponsable del Órgano de gobierno, así como una declaración responsable delCFO y de las personas clave en materia tributaria, que certifican que laspolíticas de tax compliance se han implementado correctamentey son suficientes.
Norma 002: Intervención del Órgano de gobierno y dela Alta dirección en la política fiscal de la compañía y ejecución de lamisma. Norma en la que se deja constancia de la intervención delÓrgano de gobierno y de la Alta dirección en el diseño de la Política Fiscaldel Grupo y del escalado de la toma de decisiones tributarias de especialrelevancia.
Norma 003: Nombramiento del Órgano de cumplimientotributario. Norma que tiene por objeto dejar constancia delnombramiento y funciones del Tax compliance officer y de losequipos de especialidad por parte del Órgano de gobierno.
Norma 004: Organigrama funcional y cadena de mando en elámbito fiscal. Norma que tiene como objetivo dejar constancia delprotagonismo del Órgano de gobierno en el diseño de un organigrama funcional ycadena de mando (functional organization chart) del Grupo paracuestiones fiscales.
Norma 005: Plan de formación anual y decompetencias. Norma que tiene como objetivo aprobar un plan deformación fiscal anual de los empleados del Grupo con el objetivo de formar yactualizar a todos aquellos miembros que intervienen en la toma oimplementación de decisiones de relevancia fiscal. Además, se deja constanciade las competencias de los miembros del Grupo.
Norma 006: Protocolo de seguimiento del resultado deinspecciones. Norma que tiene como objetivo la aprobación, por partedel Órgano de gobierno, de un protocolo de evaluación, seguimiento eimplementación de medidas en relación con el resultado de inspeccionestributarias, con el objetivo de lograr la correcta implementación de lasconsecuencias derivadas en ejercicios no inspeccionados, que deberá serutilizado por los responsables de la gestión tributaria del Grupo en relacióncon los procedimientos de inspección tributaria.
Norma 007: Protocolo de seguimiento y elaboración deinformes sobre cuestiones con trascendencia en ejercicios futuros. Normadestinada a la implementación de mecanismos que permitan garantizar el adecuadotratamiento tributario de aquellas cuestiones que puedan tener implicaciones enejercicios futuros.
Norma 008: Definición del mapa de operacionesespeciales. Norma cuyo objetivo es definir las operaciones que, aefectos de la implementación de las políticas de tax compliance delGrupo, recibirán la calificación de “operaciones especiales”.
Norma 009: Protocolo de documentación de toma dedecisiones adoptadas en materias relevantes. Norma destinada aestablecer mecanismos de documentación de la adopción de decisiones en materiatributaria.
Norma 010: Comunicación y difusión de normas. Normaque define las pautas y procedimientos de comunicación y difusión de las normasde gestión adoptadas por el Grupo en el marco de la política de taxcompliance.
Norma 011: Gestión de medidas de tax compliance. Normaque define los mecanismos de gestión de la política de tax compliance ylas normas y procedimientos adoptados en virtud de la misma.
Norma 012: Gestión de riesgos fiscales. Normaque aprueba el protocolo de identificación, evaluación, gestión y adopción demedidas en relación con los riesgos tributarios del Grupo.
Norma 013. Protocolo de conservación de informaciónfiscal. Norma que aprueba el protocolo de conservación de informacióntributaria en relación con todas aquellas decisiones, acuerdos o documentaciónque, por su naturaleza, pudieran tener trascendencia fiscal.
Norma 014. Sistema de evaluación del desempeño. Normaque recoge el seguimiento y la evaluación del desempeño del sistema de gestiónde tax compliance a fin de asegurar que se alcanzan susobjetivos.Incumplimiento de la política de tax compliance:régimen sancionador
En supuestos de incumplimiento por cualquier empleado o colaboradorde la política de tax compliance del Grupo, el régimensancionador aplicable será el establecido en el Estatuto de los Trabajadores yen el Convenio Colectivo firmado por la empresa, atendiendo a la gravedad de laconducta llevada a cabo.
El Departamento de recursos humanos del Grupo se encargaráde adecuar la sanción a cada conducta individualizadamente.
[1] Ver Norma 002 Intervención del Órganode gobierno y de la Alta dirección en la política fiscal y Norma 004Organigrama funcional y cadena de mando en el ámbito fiscal.